Ser autónomo y trabajar por cuenta ajena al mismo tiempo

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Ser autónomo y trabajar por cuenta ajena al mismo tiempo

A día de hoy tener un solo trabajo a veces no basta para llegar a final de mes. Por tanto, no queda otra que o bien trabajar en varias empresas por cuenta ajena, o bien trabajar como autónomo y a la vez estar contratado como empleado en otro régimen de la Seguridad Social.

Y aunque muchos de vosotros os cuestionáis si ambas cosas son compatibles, lo cierto es que sí lo es. Puedes tener un contrato con una empresa por cuenta ajena y a la vez realizar otra actividad por cuenta propia. Eso sí, siempre que cumplas las obligaciones pertinentes con la Seguridad Social. A continuación os explicamos más detalles.

¿Qué es la pluriactividad y en qué se diferencia del pluriempleo?

Pluriactividad y pluriempleo no significan lo mismo. Por un lado, la pluriactividad hace referencia a que el trabajador está cotizando en dos o más regímenes de la Seguridad Social. Es decir, el individuo está pagando a la Seguridad Social dos veces, una como empleado y otra como autónomo.

En cambio, el pluriempleado es aquel que está contratado por cuenta ajena en dos o más empresas al mismo tiempo, dentro de un mismo régimen.

Por tanto, y en relación con el tema en cuestión, la persona que trabaja como autónomo y a la vez como empleado estaría en situación de pluriactividad. Y aunque se cotice en dos regímenes diferentes, el autónomo en pluriactividad tiene algunos derechos y podrá beneficiarse de algunas bonificaciones que veremos a continuación.

Bonificaciones para autónomos en pluriactividad

En este sentido, según la Ley de emprendedores, los autónomos en pluriactividad se pueden beneficiar de una disminución en la cotización:

  • En los primeros 18 meses, el autónomo podrá reducir su base de cotización hasta el 50 % de la base mínima.
  • Pasado estos 18 meses, esta bonificación se incrementará al 75 % de la cuota mínima. Y se aplicará otros 18 meses.

El único requisito que debes cumplir para recibir estas bonificaciones es haberte dado de alta en la Seguridad Social por primera vez, estar en pluriactividad y no contar con otra bonificación en tu cotización.

Otras consideraciones y ventajas para autónomos en pluriactividad

En cuanto a la pensión, hay que señalar que el autónomo en pluriactividad podrá tener dos pensiones. Para acceder a ellas, el requisito es haber cotizado durante al menos 15 años en cada régimen.

Si en uno has superado los 15 años pero en otro no, la cotización que tengas la puedes acumular en aquel régimen donde sí tengas derecho a la pensión de jubilación.

Por otro lado, los autónomos que se encuentren en régimen de pluriactividad, pueden solicitar una devolución de lo cotizado si superas la cuantía que el Gobierno establece cada año. En 2019, la cuantía fijada fue de 13.822,06€ de cotización. Y en 2020, al prorrogarse los Presupuestos Generales del Estado, el límite es de nuevo esta misma cantidad.

Aquellos que superen esta cantidad, por ley corresponde una devolución del 50 %, con el tope del 50 % de las cuotas ingresadas en el régimen especial de autónomos. Y será ahora la propia Administración la que realice la devolución de forma automática, sin necesidad de que el solicitante realice ningún trámite.

Por último, señalar que las bonificaciones por pluriactividad no son compatibles con la tarifa plana de autónomos. Únicamente puedes elegir una de las dos opciones.

Si necesitas que te ayudemos a calcular números y a valorar cuál es la mejor opción para ti, ¡contáctanos! Estaremos encantados de ayudarte y asesorarte.

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