Declaración de la renta en inversores

Imagen Post Declaración de la renta para inversores

Declaración de la renta en inversores

Como sabéis, la campaña de la declaración de la renta 2020 ya ha arrancado y estará vigente hasta el próximo 30 de junio para presentarla. Y en ella se deberán rendir cuentas con Hacienda tanto por las ganancias como por las pérdidas que obtuviste con tus inversiones el año pasado.

En el caso de que las inversiones las gestionaras con algún banco, seguramente te facilitarán información detallada de todo este proceso. Sin embargo, en determinadas ocasiones, pueden surgir algunas dificultades a la hora de declarar.

A continuación, os detallamos algunos casos hipotéticos para que no te pille nada por sorpresa. Pero si quieres evitarte dolores de cabeza y evitar cometer errores en tu declaración de inversiones, no dudes en contactarnos para asesorarte y ayudarte a realizar todo este trámite.

Declaración de inversiones: supuestos a tener en cuenta

Estos pueden ser algunos supuestos con los que te identifiques si invertiste en 2020: 

Inversiones de inmuebles

Aquí hacemos distinción de dos grupos: los inmuebles que no generan rentas explícitas y aquellos que están arrendados. 

El primer grupo engloba: 

  • Segundas viviendas.
  • Inmuebles desocupados.
  • Los cedidos a familiares de forma gratuita.

Se tributa por una renta con carácter general, donde se aplica el 1,1 % o el 2 % del valor catastral, dependiendo de la fecha en que este se revisara.

Al segundo grupo pertenecen los siguientes inmuebles arrendados:

  • Vivienda.
  • Plazas de garaje
  • Locales.

Aquí habría que declarar los ingresos que se generan y los gastos que conllevan, así como la amortización, donde habrá que explicar con todo detalle el cálculo de esta. Desde el año pasado, este último dato es importante que se detalle al máximo en la declaración de inversiones. 

Un factor importante a tener en cuenta en las rentas calificadas como rendimientos de capital inmobiliario es la aplicación de una reducción del 60 %. Aunque esta reducción no se aplica a los arrendamientos turísticos, vacacionales o arrendamientos a estudiantes durante el curso.

Pero, ¿qué ocurre con aquellos inmuebles en los que ha habido periodos de tiempo en los que no ha estado alquilado? ¿Se pueden deducir esos gastos? Tiempo atrás una sentencia del Tribunal Supremo denegó el derecho a deducir esos gastos, obligando a tributar por la renta como si fuera un inmueble desocupado.

Acciones liberadas

El valor de adquisición en acciones totalmente liberadas se obtiene repartiendo el coste total entre el número de títulos. 

En cuanto a los préstamos que se conceden a sociedades vinculadas, los préstamos, bonos y otros activos son considerados rendimientos de capital mobiliario. Esto quiere decir que se integran en la base imponible del ahorro y se podrá tributar aplicando una escala de gravamen reducida.

Aunque hay una excepción y se produce cuando el préstamo se cede a una entidad vinculada y el importe sobrepasa el resultado de multiplicar por 3 los fondos propios. En este caso, los intereses que correspondan se integran en la base imponible general y se tributará en la escala de gravamen general. 

¿Inviertes en el extranjero?

Las rentas generadas por las inversiones en el extranjero también tienen que declararse. 

Pero si estas se tributan en el país donde se han generado, para evitar la doble imposición, se podrán hacer las correcciones pertinentes, siguiendo los acuerdos estipulados en los convenios y en la regulación del IRPF.

Transmisión de acciones o participaciones en sociedades cotizadas

¿Cómo se tributan las ganancias o pérdidas patrimoniales procedentes de la transmisión de acciones o participaciones en sociedades cotizadas?

Este importe viene determinado por la diferencia entre su valor de adquisición y el valor de transmisión, que se determinará por su cotización, según el precio acordado o la fecha en la que se produzca.

¿Y qué ocurre si en la transmisión de las acciones se genera una pérdida patrimonial? No se computan como pérdidas patrimoniales cuando el contribuyente ha adquirido valore homogéneos en los dos meses anteriores o posteriores a esas transmisiones. 

A medida que se transmitan las acciones, se integrará la pérdida patrimonial. 

Sociedades no cotizadas

La ganancia o pérdida patrimonial en sociedades no cotizadas se computa de la misma forma que en sociedades cotizadas: la diferencia entre su valor de adquisición y el valor de transmisión.

La única diferencia en las sociedades no cotizadas es que el valor de transmisión no puede ser menor al mayor de los dos siguientes; es decir, el primero hace referencia al patrimonio neto de los valores transmitidos del balance que corresponde al ejercicio último, cerrado a la fecha de la tributación del IRPF.

El segundo hace referencia al valor que resulte de capitalizar, al tipo del 20 %, el promedio de los resultados de los 3 ejercicios cerrados antes de la fecha del devengo del IRPF. 

Si se producen pérdidas patrimoniales, estas no se computarán cuando el contribuyente haya adquirido valores homogéneos un año antes o después a esa transmisión. Y la pérdida patrimonial se irá integrando conforme se vayan transmitiendo las acciones, igual que en el caso anterior (en las sociedades cotizadas).

¿Tienes más dudas en cuanto a la tributación de las rentas derivadas de inversiones? ¿Necesitas ayuda en tu declaración de inversiones? Pregúntanos sin ningún compromiso y te resolveremos todas tus dudas.

No Comments

Post A Comment

Este sitio web utiliza cookies y otras tecnologías para que podamos mejorar su experiencia en nuestros sitios.    Más información
Privacidad